domingo, 10 de septiembre de 2017

Redes sociales: derechos que vulneran

A pesar de los indiscutibles beneficios que Internet les brinda a sus usuarios, su utilización incorrecta repercute en la violación de derechos humanos como el derecho de la intimidad, el derecho a la privacidad, los cuales conllevan a la protección de datos de carácter personal y por último repercuten en los delitos contra el honor.

Derecho a la intimidad

Imagen relacionadaPardo (2010) identifica la intimidad con la capacidad de control de las informaciones que sobre uno mismo puedan tener otras personas o, más exactamente, con la posibilidad de auto determinarse en el ámbito informativo, pudiendo determinar “cómo, cuándo y en qué medida se comunica información a otros”. Con respecto a la privacidad ésta preserva un ámbito propio y reservado frente a la acción y conocimiento de los demás, el cual es necesario para mantener una calidad de vida mínima. (p.54)

La protección de datos de carácter personal posee inherentemente el derecho a la intimidad, ya que de este parte el hoy ya reconocido derecho a la protección de datos de carácter personal.



Derecho a la protección de datos de carácter personal

Según Morales & Ugarte (2012) en términos generales se puede decir que el mismo se refiere al amparo de los ciudadanos contra la posible utilización por terceros, en forma no autorizada, de sus datos personales susceptibles de tratamiento automatizado, y las facultades de control que un ciudadano debe tener sobre el flujo de informaciones que circulan sobre él. (p.255)

Resultado de imagen de derecho a la protección de datos personalesClaramente la información al ser publicada en Internet deja de ser parte de la esfera de privacidad de la persona, y en cierto modo, pasa a ser de dominio público. No obstante, esto no implica que se autoriza a cualquier persona a usar dicha información, pero crece el riesgo de que terceras personas o que los propios proveedores de los servicios sociales conserven copias o respaldos de dicha información, sin el consentimiento y para fines contrarios al que originalmente se estipulara por parte del titular de los datos.


Finalizando esta temática, según el Estudio Sobre la Privacidad de los datos Personales PROSIC esta situación debe ser conocida por todos los usuarios pues aunque se establezcan distintos perfiles (público, privado, íntimo), en muchos casos se opta por el perfil público, y ésta exposición pública personal desarrollada para construir y mantener la identidad digital en la Red, añade valor a su titular, pero a la vez plantea graves problemas sobre el control de la propia identidad, y de los datos que la conforman. Además, el usuario debe tener en cuenta de que la cancelación de la información y de los datos sensibles que él mismo publicó en la red no es del todo efectiva, esto debido a que, la información podría continuar en poder del proveedor del servicio, por un período indeterminado de tiempo, por ejemplo, como lo establece Google o Facebook en sus políticas de privacidad.


Resultado de imagen de derecho a la propia imagenDerecho a la propia imagen

En relación al derecho a la propia imagen Marco (2010) lo define como “la facultad del interesado de difundir o publicar su propia imagen y, por ende, su derecho a evitar su reproducción”. Además de los casos en que la utilización de la imagen puede vulnerar el honor (trucaje de fotos, imágenes en situaciones violentas y ridículas, etc.) o la intimidad (aspectos de la vida privada), existen intromisiones propias del derecho a la imagen por la simple captación de imágenes sin consentimiento. (p.60)


Referencias:

Marco, F. (2010). Derechos online: anonimato virtual e intimidad pública. Universitas Estudiantes, (9), 145-173.
Morales, R & Ugarte, R.2012. Tutela de los derechos de la personalidad virtual y protección de datos de carácter personal en las redes sociales online. Tesis para optar por el grado de licenciatura en Derecho. Universidad de Costa Rica. (p.323)
Pardo, J. 2010. Ciberacoso: la Tutela penal de la intimidad, la integridad y la libertad sexual en internet. Editorial Tirant lo Blanch, Valencia, España. Universidad Cardenal Herrera. (p.220)


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